25/ABRIL/2014
La
Constitución Nacional establece que Colombia es un Estado Social de Derecho,
esta característica requiere de sujetos y agentes de derechos con amplias
posibilidades para incidir en los espacios decisivos que afectan sus vidas en
todos los niveles, personal, social y público. El desarrollo de una ciudadanía
integral que no sólo considere los derechos civiles y políticos sino que
también incluya la garantía de todos los derechos para la realización de una
vida digna y así posibilitar la conformación de sujetos y agentes sociales
capaces de contribuir al desarrollo social, económico, político y cultural, con
una estructura de oportunidades institucionales que permita la construcción y
consolidación de una democracia participativa.
En este sentido, el estatuto de ciudadanía juvenil, ley 1622 de
2013; nace como resultado del esfuerzo
de un gran número de organizaciones sociales e instituciones convencidas e interesados/as en transformar el país, las
cuales, se dieron a la tarea de construir desde la diversidad de los
territorios un nuevo ordenamiento jurídico para las juventudes en Colombia. El
estatuto consagra el ejercicio pleno de la ciudadanía, que no es otra cosa que
“Una
condición que otorga la posibilidad de ejercer los derechos consagrados en el
estatuto por parte de las y los jóvenes”[1],
es por esto que parte de las organizaciones, hoy presentes, vemos la creación
de la Plataforma de juventudes como: “¡una oportunidad para la
transformación. Es una decisión para fortalecer el camino hacia la movilización juvenil!”[2].
Construir ciudadanía en
una ciudad como Villavicencio, que tiene una gran población juvenil y una
variedad de retos por asumir, resulta de gran prioridad para poder generar el
gobierno que esta población requiere, pues queremos un municipio que nos
garantice una formación de calidad y nos permita tener la oportunidad para
continuar con la formación superior, -reconociendo que en la actualidad el tema
es una preocupación para los y las jóvenes que sienten que las oportunidades
aun son bastante limitadas, las cuales impiden hoy que más del 75% de los
graduados puedan continuar con su carrera académica,- una atención en salud
eficiente y de calidad, servicios públicos de calidad, al alcance y sin
privatización; un ambiente de vida, en donde las y los jóvenes no seamos vistos
como criminales o enemigos del estado, sino una ciudad que nos brinde
verdaderas posibilidades para ser agentes de cambio, permitiendo el desarrollo
autónomo de nuestras capacidades y que sea realmente un gobierno de la ciudad.
Es así, como el
trabajo es extenso, pues las diferentes líneas en materia de Salud, formalidad
laboral, Vivienda, Emprendimiento, y Escenarios de Participación, entre otras,
necesitan con urgencia relevante, que el Municipio adopte medidas para lograr que los y las jóvenes vean
enmarcadas unas realidades de oportunidad en su proyecto de vida.
Hay luces dentro de
este camino, las cuales se esclarecen en lo actual por el marco jurídico, normatividad
que reconoce a la población joven como un sector vital e importante para los
procesos de formación y desarrollo de los territorios, pues dentro del mismo se
establecen medidas para promulgar los deberes y derechos que tienen los y las
jóvenes del País. Es de esta manera, y considerando que el en artículo 19,
parágrafo 11, de la ley de juventudes, dentro del cual se establecen las
competencias de los municipios y distritos, se menciona que se deben
desarrollar pactos municipales de inclusión, de convivencia y de transparencia
entre jóvenes e instituciones como referentes éticos para el fortalecimiento
del Estado Social de Derecho y la dinamización del sistema municipal o
distrital de juventud.
Considerando todo lo
anterior, los y las jóvenes proponemos los siguientes acuerdos con la alcaldía de Villavicencio,
los cuales sentamos como precedentes ante la Institucionalidad, para que sea ésta,
la que garantice la consolidación de lo que surge para fortalecer las
Juventudes del Municipio y nos permita establecer compromisos mínimos para
generar un proceso autónomo, sin sesgos políticos, con la confianza de los y
las jóvenes y que al final nos de la identidad necesaria para conservarlo y
fortalecerlo desde nuestras acciones locales que como grupos, parches, organizaciones, colectivos o individuos desarrollamos.
Los compromisos que
se establecen son:
1.
La presente jornada tendrá el ejercicio de
plenaria, en la cual, se reunirán los y las jóvenes que conforman la
plataforma, la cual será, la encargada de designar una comisión provisional,
que tendrá como función elemental, servir de agente comunicador y generar a su
vez la gestión correspondiente para lograr la movilización de las
organizaciones, esta deberá contar con las garantías necesarias por parte de la
Alcaldía, quien a través de su instancia designada, garantizara los medios para
tal fin.
2.
Hoy se
da inicio a la construcción de una Plataforma Juvenil Municipal de Juventudes,
no se consolida, es por esta razón, que se deja la constancia, sobre las
diferencias que surgen de los procesos previos a la construcción de la misma,
debido a que el método de convocatoria utilizada por la Institucionalidad, se
da de forma cerrada, impidiendo el sentir mismo de la Ley, el cual, invoca
claramente desde sus principios, la espontaneidad y autonomía para la consolidación de la plataforma, sin
desconocer la gran responsabilidad de ofrecer el acompañamiento para este
proceso, es por eso que se establece que
la jornada se dará únicamente para realizar la estructura de la
Plataforma.
3.
Este escenario debe garantizar la oportunidad
para que los y las jóvenes puedan realizar audiencias a las diferentes
autoridades territoriales, para ejercer el control político y de esta manera,
proponer a las mismas iniciativas que contribuyan al bienestar de la población
juvenil.
4.
Se le conceda, por parte de la Alcaldía, a la
plataforma o quienes actúen en nombre de ella, los diferentes mecanismos para
ejercer la comunicación con las y los jóvenes del municipio, brindado de esta
manera, el apoyo y herramientas para promover desde la radio, televisión,
prensa y los medios virtuales, el despliegue de toda la información que ésta
requiera para la plenitud de su ejercicio, como también poder utilizar las TICs
para consolidar una amplia base de datos de las juventudes del municipio.
5.
Establecer el segundo encuentro de la
plataforma en un periodo corto que no exceda más de dos meses.
6.
Garantizar que se dé fiel cumplimiento a la
normatividad, la cual establece que el Mandatario Municipal en virtud de su
ejercicio debe iniciar sesiones de
encuentro con las plataformas en los tiempos señalados por la Ley.
7.
El deber de promulgar un acto administrativo
que le de autoridad a la presente plataforma para actuar como la instancia de
representación juvenil.
En la construcción del presente
participamos:
Colectivo de Jóvenes la Reliquia,
Corporación Puja, Templo del Ritmo, Afroamigos, Consejera de Planeación Juvenil
Villavicencio, Grupo Comunitario Porfía Joven, Proyecto Gramalote, Corporación
Únete, Mesa Departamental de Jóvenes, Juventud Latente, Presidenta del CMJ
Villavicencio y Revista el Anden.
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